CTS de noviembre 2026: ¿Quiénes la reciben y hasta cuándo se deposita?
Publicado el 2026-10-27
¿Qué es la CTS?
La compensación por tiempo de servicios (CTS) es un beneficio social de los trabajadores del régimen laboral privado. Funciona como un ahorro que el empleador deposita cada seis meses a nombre del trabajador, y sirve para prever las contingencias que origina el cese en el trabajo y para promover al trabajador y su familia. La CTS se devenga desde el primer mes de iniciado el vínculo laboral y, cuando hay fracciones de mes, se computan por treintavos.
¿Quiénes tienen derecho?
Están comprendidos los trabajadores del régimen laboral común de la actividad privada que cumplan, al menos en promedio, una jornada mínima de cuatro horas diarias. Según el tamaño de la empresa y el régimen, hay diferencias:
- Régimen general: corresponde la CTS completa.
- Pequeña empresa (régimen MYPE): la CTS es de 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios, con un máximo de 90; es decir, aproximadamente la mitad de la del régimen general.
- Microempresa: no figura entre los beneficiarios de la CTS que señala la ley MYPE.
- Regímenes especiales (por ejemplo, construcción civil o trabajadores del hogar): se rigen por sus propias normas.
¿Cuándo se deposita la CTS de noviembre?
La ley ordena depositar la CTS dos veces al año: dentro de los primeros 15 días naturales de mayo y de noviembre. El depósito de noviembre corresponde al semestre de mayo a octubre.
En 2026, el 15 de noviembre cae domingo. Como la ley indica que, si el último día es inhábil, el depósito puede efectuarse el primer día hábil siguiente, el plazo llega hasta el lunes 16 de noviembre de 2026. Aun así, lo prudente es adelantar el depósito para evitar contratiempos operativos de última hora.
¿Cómo se determina el monto?
De forma general, la empresa deposita tantos dozavos de la remuneración computable de octubre como meses completos haya trabajado la persona en el semestre; la fracción de mes se deposita por treintavos.
La remuneración computable incluye la remuneración básica y todo lo que el trabajador recibe de manera regular, en dinero o en especie, siempre que sea de su libre disposición (por ejemplo, la asignación familiar). A ello se suma un sexto de lo percibido en el semestre por gratificaciones, como la de Fiestas Patrias de julio. La ley excluye ciertos conceptos y tiene reglas especiales para los pagos variables o que no se reciben todos los meses, por lo que esos casos conviene revisarlos uno por uno.
¿Dónde se deposita y qué debe entregar la empresa?
El depósito se hace a nombre del trabajador, en la entidad financiera que él elige. Dentro de los cinco días hábiles de efectuado el depósito, la empresa debe entregarle, bajo cargo, una liquidación firmada con el detalle de la remuneración computable, el período que se cancela y los datos del depósito.
¿Puede el trabajador retirar su CTS?
Sí, dentro de los límites de la ley. Hoy conviene distinguir tres situaciones:
- Regla permanente: retiros parciales de libre disposición de hasta el 50 % del depósito y sus intereses.
- Enfermedad terminal o cáncer, debidamente acreditados ante el empleador: retiro del 100 % en cualquier momento.
- Libre disponibilidad excepcional (Ley N.° 32322): hasta el 31 de diciembre de 2026, los trabajadores pueden disponer libremente del 100 % de los depósitos de CTS efectuados en las entidades financieras. A la fecha de esta guía no encontramos una norma que amplíe ese plazo; después del 31 de diciembre vuelve a regir la regla permanente.
¿Qué pasa si la empresa no deposita a tiempo?
No depositar íntegra y oportunamente la CTS es una infracción grave en materia de relaciones laborales (numeral 24.5 del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, D.S. N.° 019-2006-TR). La multa la fija la autoridad de inspección y depende de la cantidad de trabajadores afectados. Además, la empresa debe regularizar el depósito que faltó.
¿Qué debe hacer tu empresa?
- Confirmar qué trabajadores tienen derecho a la CTS (régimen y jornada).
- Revisar la remuneración de octubre y las gratificaciones percibidas en el semestre.
- Verificar la entidad financiera elegida por cada trabajador y que sus datos estén al día.
- Depositar con anticipación al lunes 16 de noviembre.
- Entregar la liquidación firmada, bajo cargo, dentro de los cinco días hábiles siguientes al depósito.
- Conservar las constancias de depósito y de entrega.
¿Tienes un caso particular?
Esta guía es información general y no reemplaza una asesoría profesional. Si en tu empresa hay remuneraciones variables, trabajadores que cesaron durante el semestre, un régimen especial, o si necesitas el monto exacto, consúltalo en Amauta o usa la calculadora de CTS (requiere iniciar sesión).
Base legal
TUO de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios (D.S. N.° 001-97-TR), arts. 1, 2, 4, 6, 9, 18, 21, 22, 29, 41 y 42. Reglamento (D.S. N.° 004-97-TR), arts. 14 y 14-A. Ley N.° 32322 (retiro excepcional hasta el 31/12/2026). TUO de la Ley MYPE (D.S. N.° 013-2013-PRODUCE), art. 50. D.S. N.° 019-2006-TR, numeral 24.5. Información al 27 de octubre de 2026.
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